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DÍAS INHÁBILES PARA EL SAT-MARZO 2024


Flash FG- Marzo 5-2024


A través de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, se da a conocer como inhábiles los días 28 y 29 de marzo de 2024, por lo que es importante considerarlo, ya que durante ese periodo no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas del SAT.

Se transcribe el texto que la regla 2.1.6. en la cual se estable el periodo vacacional.

Días inhábiles

2.1.6. Para los efectos del artículo 12, primer y segundo párrafos del CFF, se estará a lo siguiente:

I. Son días inhábiles para el SAT el 28 y 29 de marzo de 2024.

II. Las autoridades estatales y municipales que actúen como coordinadas en materia fiscal en términos de los artículos 13 y 14 de la LCF, podrán considerar los días inhábiles señalados en esta regla, siempre que los den a conocer con ese carácter en su órgano o medio de difusión oficial, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas que las rigen.

En los periodos y días señalados en las fracciones I y II no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas del SAT, lo anterior sin perjuicio del personal que cubra guardias y que es necesario para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades de acuerdo a los artículos 13 del CFF y 18 de la Ley Aduanera.

Fundamento: CFF 12, 13, Ley Aduanera 18, Ley de Coordinación Fiscal 13, 14


Nos ponemos a sus órdenes como especialistas que somos en la materia en caso de precisar información adicional respecto al contenido de este documento o, de requerir atención personalizada a un caso determinado.


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