El próximo 07 de septiembre es ¡último día para la presentación de los avisos de modificación de salarios ante el IMSS!
Por el salario variable, aplicará para los trabajadores que hayan tenido percepciones adicionales en el bimestre anterior julio-agosto 2023.
¡Evita multas y capitales constitutivos!
AVISOS AL IMSS POR “MODIFICACIONES DE SALARIOS”
La Ley del Seguro Social, en su artículo 15 fracción I, establece como obligación de los patrones realizar las altas, bajas y modificaciones de salario de los empleados en un plazo no mayor a 5 días hábiles.
Referente a las modificaciones de salario, de acuerdo con el artículo 34 de la LSS, se debe presentar aviso en los tiempos indicados según el tipo de prestaciones:
¿Qué ocurre si presento los avisos fuera del plazo de 5 días?
Podrás ser acreedor a multas señaladas en la LSS 304B e incluso podrá ser sancionados imponiéndoles un capital constitutivo (artículo 88 de la LSS).
Y finalmente, no olvidar que la LSS, en su artículo 304 C, indica que no se generarán multas cuando se presenten los movimientos de forma espontánea, es decir, antes de que el IMSS detecte la omisión y/o haga llegar al patrón una notificación.
Nos ponemos a sus órdenes como especialistas que somos en la materia en caso de precisar información adicional respecto al contenido de este documento o, de requerir atención personalizada a un caso determinado.
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