Declaración Anual Personas Morales con fines no lucrativos
- Flores Garibay Consultores SC

- hace 1 día
- 1 Min. de lectura
Flash FG 9 de febrero de 2026
De conformidad con el Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), a más tardar el 15 de febrero de 2026 vence el plazo para cumplir con la obligación de presentar la declaración anual relativa a los ingresos obtenidos y erogaciones realizadas, correspondiente al ejercicio inmediato anterior y en su caso el pago de impuestos que corresponda, de las personas morales con fines no lucrativos, entre otras, las donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles, los sindicatos, las asociaciones patronales y otras organizaciones que no persiguen fines de lucro.
Es importante mencionar...
Descarga el Boletín completo a continuación
Revista FG es una revista de información jurídica-fiscal publicada y editada
por FLORES GARIBAY CONSULTORES, S.C., con domicilio principal en Avenida
de las Rosas #210, Col. Chapalita, C.P. 44510, en Guadalajara, Jalisco.
Los artículos incluidos en nuestra Revista FG representan la opinión
personal y profesional de sus autores, sin que pueda considerarse como una
asesoría profesional, por lo que no deberán utilizarse como sustento o
fundamento sin que previamente se haya obtenido la asesoría formal de
profesionistas de FLORES GARIBAY CONSULTORES, S.C.
En ese contexto, la labor autoral desarrollada en la Revista FG, se
formaliza tomando en cuenta el perfil profesional de cada colaborador y/o
autor, en acatamiento a las disposiciones legales relativas. No obstante, se
insiste, dicha interpretación u opinión profesional proporcionadas, pueden
ser diferentes o contrarias a la interpretación o criterios de las autoridades
fiscales.
Por lo anterior, el lector asume la responsabilidad por el uso que dé a la
información contenida en esta publicación, debiendo considerar que su
aplicación requiere valoración individual conforme al caso concreto y al
marco legal









Comentarios