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SAT recuerda cuáles son las deducciones personales válidas en la declaración anual.

Servicio de Administración Tributaria | 10 de noviembre de 2025 | Comunicado

Comunicado SAT 057



El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que, en cada ejercicio fiscal, las y los contribuyentes tienen la posibilidad de realizar deducciones personales, mismas que pueden incluirse en la declaración anual.


Es importante revisar cuidadosamente las facturas de los gastos que se desean deducir y verificar que cumplan con todos los requisitos fiscales para que este beneficio sea válido y pueda reflejarse correctamente en la declaración anual.


Para que un gasto sea deducible, es necesario:

·    Contar con la factura electrónica correspondiente a cada servicio o producto.

·    Revisar que el RFC del contribuyente esté anotado correctamente.

·    Verificar que el tipo de servicio anotado en el comprobante sea por el servicio

adquirido.

·   Haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo, a nombre de la persona que realizará la deducción.


Los gastos personales que pueden deducir las personas físicas son:

·   Gastos médicos y hospitalarios

·   Gastos funerarios

·   Donativos

·   Primas de gastos médicos mayores

·   Colegiaturas y transporte escolar

·   Créditos hipotecarios 

· Depósitos en cuentas especiales para el ahorro y aportaciones complementarias y voluntarias para el retiro


Es necesario precisar que el monto total de las deducciones personales no debe exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio a declarar o 15% del total de los ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.


Cabe señalar que las personas que tributan o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza no pueden aplicar deducciones personales.


Se recomienda solicitar las facturas de manera mensual y mantener las deducciones organizadas durante todo el año. Para mayor información se puede consultar el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/portal/public/home

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