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Foto del escritorFlores Garibay Consultores SC

Retención de IVA e ISR a Personas Físicas 2023.¿En qué casos aplica la retención?


FLASH FG 15 de Marzo de 2023

Las leyes del ISR y del IVA establecen diversos supuestos en los que los contribuyentes están obligados a efectuar la retención de ambos impuestos.


En materia de ISR, los artículos 106 penúltimo párrafo (servicios profesionales), 113-J (RESICO) y 116 penúltimo párrafo (Arrendadores), establecen la obligación de retener dichos impuestos a las personas físicas que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes.


En materia de IVA el artículo 1-A, de la Ley del IVA, se establece que se encuentran obligados a efectuar la retención del impuesto que les sea trasladado, los contribuyentes personas morales que realicen pagos por servicios personales independientes o por uso o goce temporal de bienes, prestados u otorgados por personas físicas, entre otros.


Recordar que las personas morales son consideradas como responsables solidarios por las cantidades que debieron retener, en términos del artículo 26, fracción I del CFF.


¿Cuándo se presenta y entera la retención? A más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda la retención. O bien, a más tardar el día adicional, considerando el sexto dígito numérico de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).


Por lo anterior, y en caso de realizar operaciones sujetas a retención, es necesario antes de efectuar el pago correspondiente se verifique que dichas retenciones están correctamente desglosadas en el comprobante fiscal (CFDI).


Y finalmente, precisar que en caso de omisión o incumplimiento de la retención las leyes establecen algunas consecuencias como el rechazo de deducciones, de conformidad con la fracción V del artículo 27 de la LISR.


Compartimos el siguiente cuadro, esperando que este material te ayude a la mejor comprensión y para facilitar el familiarizarnos con las operaciones sujetas a retención más comunes:




Nos ponemos a sus órdenes como especialistas que somos en la materia en caso de precisar información adicional respecto al contenido de este documento o, de requerir atención personalizada a un caso determinado.

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