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Recibos de nómina SAT 4.0: Obligatorio a partir del 01 de julio de 2023.

Foto del escritor: Flores Garibay Consultores SC Flores Garibay Consultores SC

El próximo viernes 30 de junio vence la fecha plazo que dio el SAT para emitir los recibos de nómina en versión 3.3.


Es así que, todos los contribuyentes que requieran emitir CFDI de Nómina y su correspondiente complemento, deberán hacerlo bajo los nuevos lineamientos y requisitos de la facturación 4.0 a partir del 01 julio 2023.


De acuerdo con la Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento que está disponible en la página oficial del SAT, los principales cambios en el CFDI de Nómina versión 4.0, son:

  • Se homologa la forma de expresión del formato fecha conforme al Anexo 20 de los atributos: FechaPago, FechaInicialPago, FechaFinalPago y FechaInicioRelLaboral, y se expresa en la forma AAAA-MM-DD (años, meses, días)

  • Se eliminan las validaciones de la versión y forma de pago.

  • Se incorporan las validaciones que llevan a cabo los Proveedores de Certificación de CFDI.


  • RegimenFiscalReceptor: se debe registrar la clave “605” sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios, como régimen fiscal del contribuyente receptor del comprobante (trabajador asalariado o asimilado a salarios). Este dato podrá ser consultado en la constancia de situación fiscal emitida por el SAT

  • Objeto Imp: se debe registrar la clave “01” (no objeto de impuesto)

  • Se incluyen los siguientes nodos: InformaciónGlobal, ACuentaTerceros, InformacionAduanera, CuentaPredial, ComplementoConcepto y parte, precisando que no debe existir dentro del CFDI con complemento de nómina


  • Como parte de la integración con el CFDI versión 4.0, se incorporan requisitos obligatorios para la emisión del comprobante de nómina.

    • El RFC,

    • Nombre,

    • Régimen fiscal y

    • Código postal del domicilio fiscal del receptor


  • Se adiciona el campo Exportación, aclarando la clave que debe registrar “01” (no aplica) para el caso del CFDI con complemento de nómina


  • Se especifica en el campo LugarExpedicion, donde el código postal debe ser vigente.

Asimismo, para facilitar el cumplimiento, se les recuerda a los empleadores que pueden solicitar la información de sus trabajadores en el Portal del SAT, de conformidad con el procedimiento previsto en la ficha 320/CFF del Anexo 1-A de la RMF vigente.


Finalmente mencionar, que es probable que los sistemas del SAT sigan permitiendo el timbrado en versión 3.3 posterior al 30 de junio. Sin embargo, recordemos que ya no serán válidos, por lo cual se deberán cancelar todos los CFDI versión 3.3 y reexpedirlos en la versión 4.0 Vigente.


Información adicional, consulta el link del SAT:






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